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Fallo judicial facilitaría que los cubanos obtengan la nacionalidad española

La decisión tomada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid podría hacer que más personas en la Isla aprovecharan la Ley de Nietos

A través de una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, se ha hecho más fácil para los ciudadanos cubanos el obtener una nacionalidad española, pues el Consulado de España en La Habana deberá ahora aceptar la filiación paterna reflejada en la inscripción de nacimiento, a la hora de solicitar la doble nacionalidad, esto incluso si la madre del interesado estaba casada con otro hombre en el momento del nacimiento.

La sentencia fue resultado de una demanda hecha por el bufete Fraga Abogados, con sede en Barcelona. Según el abogado Ariel Fraga, representante de muchas personas que buscan la nacionalidad española a través de la Ley de Memoria Democrática, la decisión anula un criterio aplicado durante años por el Consulado de España en La Habana, el cual negaba la nacionalidad española a los hijos de madres casadas con un hombre que no era su padre biológico.

El jurista indicó al Diario Las Américas que este fallo abriría nuevas puertas a miles de cubanos cuya situación entra en ese criterio.

“Lo importante de este fallo es que hace caer un criterio que durante muchos años el Consulado de España en La Habana ha aplicado, denegando el acceso a la nacionalidad española a aquellos cuya madre estaba casada con otro hombre en el momento del nacimiento del solicitante, a pesar de que la filiación paterna estuviera debidamente registrada en la inscripción de nacimiento cubana”, explicó el experto.

Y es que el criterio, el cual basaba la presunción de paternidad a favor del esposo de la madre en lugar del padre biológico, dejó a cientos de personas en una situación en la que no podían reclamar su nacionalidad española debido al estado civil de sus progenitores.

En ese sentido, estas personas debían enfrentarse a costosos procesos legales en España si querían reclamar su derecho de nacimiento, lo que disuadía a muchos de siquiera intentarlo.

En términos de legislación, el fallo también tiene implicaciones importantes, pues clarifica cómo deben interpretarse ciertos aspectos de la ley en lo relacionado con la filiación, la patria potestad y la nacionalidad ibérica.

De acuerdo con Fraga, aquellos que a los que se les negó la nacionalidad por este motivo podían revisar sus casos y confirmar su adecuación a la nueva Ley 20/2022 de Memoria Democrática, por lo que tenían la oportunidad de presentar nuevamente su trámite en el Consulado español.

Es importante recordar que la ley estaba vigente hasta octubre de 2024, pero esta recibirá una prórroga que permitirá aprovecharla hasta ese mismo mes de 2025, lo que le dará más tiempo a los cubanos para presentar sus casos.

El abogado recalca que los documentos requeridos y su vigencia dependen del Consulado en cuestión, por lo que se debe revisar la información en páginas oficiales. De igual manera, indicó que este nuevo fallo significaría que el Consulado de España en La Habana podría elimine la necesidad de presentar un documento que acredite el estado civil de los padres al momento de su nacimiento.

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