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Desestiman multa millonaria contra líneas de cruceros por uso de propiedades confiscadas en Cuba

La demanda comenzó en 2019, y se basaba en el uso de instalaciones en La Habana que fueron nacionalizadas sin compensación por Fidel Castro

Un tribunal federal de apelaciones en Atlanta, Estados Unidos, anuló una multa emitida a varias líneas de crucero que viajan con regularidad a Cuba.

Esta multa, impuesta por “traficar” con propiedades confiscadas por el régimen castrista, los iba a obligar a pagar 400 millones de dólares.

La demanda inició en 2019, y se cerró este martes. El proceso se concentraba en el uso de instalaciones portuarias en La Habana que pertenecían a EEUU y fueron nacionalizadas sin compensación cuando Fidel Castro llegó al poder en 1960.

En 2022, un juez federal de Miami determinó que las compañías Carnival, Norwegian, Royal Caribbean y MSC Cruises habían incurrido en “turismo prohibido” y actividades de tráfico al usar estos muelles.

Beth Bloom, jueza federal, ordenó a las empresas pagar 439 millones de dólares por daños y perjuicios a Havana Docks, una empresa estadounidense que perdió sus propiedades hace más de 60 años, esto basándose en el Título III de la Ley Helms-Burton.

Pese a esta decisión, el Tribunal de Apelaciones del 11º Circuito de Atlanta revocó la multa por un margen de 2 a 1, argumentando que Havana Docks no tenía “propiedad absoluta” sobre las mencionadas instalaciones.

El tribunal considera que la concesión para operar los muelles de Cuba había expirado en 2004, varios años antes de que los cruceros comenzaran nuevamente a transportar pasajeros a la Mayor de las Antillas entre 2016 y 2019.

Estos recalcaron que la intención del Título III no era otorgar derechos perpetuos sobre concesiones temporales, por lo que la demanda se desestimaba.

Al respecto, los jueces William Pryor y Adalberto Jordán consideraron que la empresa estadounidense podía reclamar por la pérdida de su derecho de explotación, pero esta no poseía un interés pleno sobre la propiedad.

El fallo a favor de las líneas de crucero sugiere que la interpretación del Título III debería evaluar los derechos de las propiedades como si la expropiación nunca hubiera pasado, en lugar de asumir que la concesión confería propiedad perpetua sobre las posesiones.

Este caso podría continuar si Havana Docks desea apelar la decisión ante el pleno del tribunal o ante la Corte Suprema.

En ese sentido, la firma que representa a la empresa estadounidense aseguró estar en desacuerdo con los resultados, asegurando que la propiedad fue robada por el régimen, algo que no debía de ser minimizado.

Es posible que esta decisión repercuta en casos futuros relacionados con propiedades confiscadas, lo que los haría difíciles de ganar, pues buena parte de ellos involucran bienes cuyo estatus ha cambiado con los más de 60 años que han transcurrido.

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