Facilitarán permiso de permanencia a cónyuges de ciudados estadounidenses
Con este documento, los cónyuges elegibles podrán solicitar la residencia permanente en EEUU, esto tomando su matrimonio como base legal
A través de un comunicado oficial, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) anunció una nueva medida por parte de la administración de Joe Biden que se concentrará en promover la unidad familiar en el proceso de inmigración, facilitando los permisos de permanencia a cónyuges de ciudadanos estadounidenses que cumplan con ciertos requisitos.
De acuerdo con la información compartida por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS), el DHS estableció un proceso para considerar, caso por caso, las solicitudes de permiso de permanencia, más conocida como “parole in place”, de aquellos cónyuges sin ciudadanía que hayan residido en EEUU por al menos una década.
Con este documento, los cónyuges elegibles podrán solicitar la residencia permanente en EEUU, esto tomando su matrimonio como base legal. Dichas solicitudes se comenzarán a recibir a partir del próximo 19 de agosto de 2024.
Criterios con los que deben cumplir las solicitudes:
- Los solicitantes deberán estar presentes en los Estados Unidos sin haber sido admitidos o sin tener permiso de permanencia temporal.
- Se debe haber residido de manera continua en EEUU durante al menos 10 años (esto al 17 de junio de 2024).
- Los migrantes deben formar parte de un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense al 17 de junio de 2024.
- El interesado no debe contar con antecedentes penales que los descalifiquen o que constituyan una amenaza para la seguridad nacional o pública.
- Se debe ameritar un ejercicio favorable de la discreción.
Es importante señalar que la notificación del Registro Federal proporcionará más información relacionada con estos criterios de elegibilidad.
La nueva medida anunciada por el DHS también considerará a ciertos hijos no ciudadanos de solicitantes si, al 17 de junio de 2024, se encontraban físicamente presentes en territorio estadounidense sin haber sido admitidos o sin tener permiso de permanencia temporal, y tienen una relación de hijastro con un ciudadano en el país.
Se debe tomar en cuenta que aquellos solicitantes interesados en el proceso deben comenzar a reunir evidencia de su elegibilidad, esto incluye:
- Certificados de matrimonio válidos (al 17 de junio de 2024).
- Documentación de identidad como licencias de conducir, certificados de nacimiento, pasaportes, y otros documentos similares emitidos por el gobierno.
- La prueba de la ciudadanía estadounidense del cónyuge. Esta puede ser su pasaporte o certificado de naturalización.
- Documentación que demuestre una presencia continua en EEUU durante al menos 10 años. Estos documentos pueden ser, entre otros, recibos de alquiler, facturas de servicios públicos, registros escolares, registros médicos, declaraciones de entidades religiosas, transacciones bancarias, certificados de nacimiento de niños nacidos en EEUU.
- En el caso de los hijos no ciudadanos de los solicitantes, la evidencia de elegibilidad puede incluir certificados de nacimiento, decretos de adopción, y pruebas de presencia en EEUU (al 17 de junio de 2024).
Aquellas personas que deseen saber más sobre el proceso pueden crear o actualizar su cuenta myUSCIS en my.uscis.gov para recibir actualizaciones sobre la medida.