NOTICIAS DE CUBA

Régimen establece 125 actividades prohibidas para las Mipymes privadas

Las nuevas restricciones no afectan a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas estatales, ni a las de organizaciones políticas, de masas y sociales

A través de la Gaceta Oficial de la República de Cuba No. 78 del 2024, el régimen publicó un nuevo listado con 125 actividades económicas que quedaban prohibidas para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas privadas (Mipymes) en la Isla, así como para las cooperativas no agropecuarias (CNA), y los trabajadores por cuenta propia (TCP).

El decreto, firmado por el primer ministro Manuel Marrero, señala que los rubros prohibidos son de importancia estratégica para el país, por lo que solo el Estado comunista tenía derecho a lucrar con ellos.

Este decreto, que entrará en vigor 30 días después de su publicación, y especifica como actividades no autorizadas a la extracción de minerales, la producción de azúcar, la generación de energía eléctrica y la fabricación de productos farmacéuticos, entre otros.

De igual manera, prohíbe intervenir en la fabricación de vehículos automotores, la construcción de buques, y la producción de productos químicos de alto impacto ambiental.

Estas restricciones se extienden a sectores tecnológicos, donde las actividades de telecomunicaciones y ciberseguridad están fuera del alcance del sector privado en la Isla.

El decreto también incluye algunas excepciones para la explotación de recursos naturales y la generación de energía, siempre y cuando esta sea a partir de fuentes renovables.

Estas actividades están permitidas siempre y cuando se cumplan con los requisitos técnicos establecidos por la Unión Nacional Eléctrica de la Isla.

Las autoridades señalaron que se permitirá que las Mipymes fabriquen ciertos productos de plástico y caucho, y comercialicen con carbón vegetal para exportación. Aunque, en todos estos casos, se requiere la certificación previa del régimen. Por último, recalcaron que las exportaciones siguen siendo monopolio de las empresas estatales.

Es necesario señalar que las nuevas restricciones no afectan a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas estatales, ni a las de organizaciones políticas, de masas y sociales.

Cualquier intento por parte del sector privado de desarrollar alguna de estas actividades podría resultar en sanciones legales, las cuales incluyen la cancelación de la licencia para operar y posibles multas a los propietarios.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Publicaciones relacionadas